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lunes, diciembre 23, 2024
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    Juez rechaza levantar suspensión contra obras del tramo 5 del Tren Maya

    Un juez federal rechazó levantar la suspensión definitiva que mantiene sobre las obras del tramo 5 sur del Tren Maya, que corre de Tulum a Playa del Carmen, en Quintana Roo, en tanto resuelve el amparo 884/ 2022, promovido por ambientalistas.

    Dicha resolución fue presentada por el juzgado con fecha del 22 de julio y responde a la notificación hecha por el Fondo Nacional de Fomento al Turismo (Fonatur) sobre la obtención de la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA) para las obras del tramo 5 sur por parte de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).

    Al respecto, el juez federal Adrían Novelo Pérez declaró fundado un incidente para modificar la revocación de la suspensión que fue promovida por el Fonatur el pasado 22 de junio tras la obtención de la MIA.

    “Se mantiene la concesión de la suspensión definitiva de los actos reclamados precisados atribuidos a Fonatur y Fonatur Tren Maya, pero en los términos, con las precisiones y para los efectos señalados en la parte considerativa de esta resolución”, señaló el juzgador.

    Aunque no se brindan más detalles sobre los alcances de la resolución, uno de ellos podría estar permitendo la reanudación de las obras en dicho tramo a razón de esperar las condiciones que el juzgador estime pertinentes sobre la MIA y otras consideraciones al ambiente.

    El pasado 14 de julio, la Secretaría de Gobernación (Segob) y la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) catalogaron las obras del Tren Maya como de seguridad nacional, por lo que se reiniciaron los trabajos en el tramo 5.

    Al respecto, el colectivo #SelvameDelTren aclaró que la decisión del juez indica que las obras continúen detenidas en tanto resuelve de fondo el amparo 884/ 2022 y llamó a Fonatur respetar la decisión judicial.

    “Conforme al artículo 149 de la Ley de Amparo, es obligación de Fonatur Tren Maya ordenar a la diversa autoridad o particular la inmediata paralización de la ejecución de los actos reclamados y tomar las medidas pertinentes para el cumplimiento estricto de la suspensión en los términos y para los efectos que se han precisado en esta resolución en caso de que sea diversa autoridad o algún particular quien tuviese intervención en la ejecución de los actos de autoridad respecto de los cuales se otorgó la suspensión”, advirtieron.

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